{"id":5314,"date":"2024-11-26T21:52:27","date_gmt":"2024-11-26T21:52:27","guid":{"rendered":"https:\/\/politicapatagonica.com\/?p=5314"},"modified":"2024-11-28T10:27:06","modified_gmt":"2024-11-28T10:27:06","slug":"despues-de-8-anos-habra-elecciones-para-renovar-la-junta-de-clasificacion-docente-de-educacion-secundaria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/politicapatagonica.com\/index.php\/2024\/11\/26\/despues-de-8-anos-habra-elecciones-para-renovar-la-junta-de-clasificacion-docente-de-educacion-secundaria\/","title":{"rendered":"Despu\u00e9s de 8 a\u00f1os, en Chubut habr\u00e1 elecciones para renovar la Junta de Clasificaci\u00f3n Docente de Educaci\u00f3n Secundaria"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>El Gobierno del Chubut, en cumplimiento de la Ley I N\u00b092 y Decreto Reglamentario I \u2013297\/85, propicia la renovaci\u00f3n de autoridades de la Junta de Clasificaci\u00f3n Docente de Educaci\u00f3n Secundaria de la Provincia, a ra\u00edz de la necesidad de contar con una Junta que resulte de la participaci\u00f3n y el consenso democr\u00e1tico de sus representados<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante ello, <strong>el Ministerio de Educaci\u00f3n de la provincia tiene la facultad de instar las acciones correspondientes que garanticen ampliamente el efectivo derecho de aquellos docentes <\/strong>que re\u00fanan las condiciones establecidas por ley, de ser elegidos por votaci\u00f3n directa y parte integrante del mencionado \u00f3rgano colegiado. Una junta integrada por miembros democr\u00e1ticamente electos adquiere plena legitimidad en el ejercicio de sus funciones, constituy\u00e9ndose como parte activa y con competencia en la generaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas educativas.<\/p>\n\n\n\n<h3><strong>Sobre la elecci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p>Por estos motivos, <strong>este jueves 28 de noviembre <\/strong>se llevar\u00e1 a cabo el proceso eleccionario para determinar las nuevas autoridades de Junta de Clasificaci\u00f3n Docente de Educaci\u00f3n Secundaria.<\/p>\n\n\n\n<p>En virtud de ello, a continuaci\u00f3n, se detalla un instructivo para la emisi\u00f3n del sufragio:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u00b7 El elector deber\u00e1 presentarse a la mesa correspondiente munido de su Documento Nacional de Identidad, que deber\u00e1 entregar al presidente de mesa.<br>\u00b7 El presidente de mesa entregar\u00e1 al elector una Boleta \u00danica de Sufragio (BUS) y un sobre firmado por \u00e9l.<br>\u00b7 Al momento de manifestar su elecci\u00f3n, el elector marcar\u00e1 con una cruz, tilde o s\u00edmbolo similar, dentro del c\u00edrculo impreso en ella, habilitado para emitir su elecci\u00f3n. Dicha marca podr\u00e1 sobrepasar el respectivo c\u00edrculo, sin que ello invalide la preferencia. Luego deber\u00e1 introducir la BUS en el sobre, el que depositar\u00e1, finalmente, en la urna.<br>\u00b7 La Boleta \u00danica de Sufragio (BUS) entregada tendr\u00e1 un espacio (circulo blanco y sin marcas) en cada lista.<br>\u00b7 El elector deber\u00e1 seleccionar s\u00f3lo una Lista de su preferencia.<br>\u00b7 Una vez colocada la BUS en la urna, quien ejerce la presidencia de la mesa solicitar\u00e1 al elector que firme el padr\u00f3n y le entregar\u00e1 la constancia de emisi\u00f3n de voto.<br>\u00b7 En la constancia de emisi\u00f3n de voto figurar\u00e1 el nombre del elector y la hora en la que emiti\u00f3 su sufragio.<\/em><\/p>\n\n\n\n<h3><strong>Antecedentes y estado de situaci\u00f3n actual<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><strong>La Ley I N\u00ba 92 (antes Ley N\u00b02.410) dispone la creaci\u00f3n de la Junta de Clasificaci\u00f3n Docente de Educaci\u00f3n Secundaria con jurisdicci\u00f3n \u00fanica para la provincia del Chubut; por su parte el Decreto reglamentario N\u00ba 297\/85 establece la conformaci\u00f3n, duraci\u00f3n del mandato, funciones y alcances.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Atentos a estas disposiciones normativas, hasta la fecha se han registrado numerosos intentos de renovaci\u00f3n de la misma, terminando todos ellos en expedientes archivados.<\/p>\n\n\n\n<p>La \u00faltima vez que se ha concretado exitosamente el proceso eleccionario fue en el a\u00f1o 2016, arrojando como resultado un cuerpo colegiado compuesto en su totalidad por docentes titulares y, adem\u00e1s, un representante gremial, quienes permanecieron en funciones hasta el a\u00f1o 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde entonces su renovaci\u00f3n ha sido mediante la designaci\u00f3n de agentes normalizadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, desde <strong>el Ministerio de Educaci\u00f3n se indic\u00f3 que resulta menester retomar con inmediatez el camino para el fiel cumplimiento de los preceptos legales y, de esta manera, garantizar el sentido de la equidad, la participaci\u00f3n democr\u00e1tica y la justicia social.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Avanzar en la conformaci\u00f3n de la Junta Electoral de Educaci\u00f3n Secundaria, es impulsar de una vez la implementaci\u00f3n de acciones concretas en el reconocimiento y fortalecimiento de la carrera docente, en plano de igual y en resguardo de sus derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, el Ministerio de Educaci\u00f3n del Chubut ha tomado la iniciativa de<strong> convocar a los diferentes referentes gremiales para trabajar, a trav\u00e9s de una mesa t\u00e9cnica, la posibilidad de ampliar la participaci\u00f3n a todos aquellos docentes que en ejercicio de su profesi\u00f3n deseen manifestar su inter\u00e9s de postularse y ser electos para conformar la nueva Junta de Clasificaci\u00f3n Docente.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como resultado de este esfuerzo conjunto, en mayo del corriente a\u00f1o se homolog\u00f3 mediante Res N\u00b0509\/24- STR SST la convocatoria para todos aquellos docentes interinos interesados en ser elector y\/o presentar listas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuente: www.elchubut.com.ar<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno del Chubut, en cumplimiento de la Ley I N\u00b092 y Decreto Reglamentario I \u2013297\/85, propicia la renovaci\u00f3n de autoridades de la Junta de Clasificaci\u00f3n Docente de Educaci\u00f3n Secundaria de la Provincia, a ra\u00edz de la necesidad de contar con una Junta que resulte de la participaci\u00f3n y el consenso democr\u00e1tico de sus representados. 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